Solo tres municipios navarros pueden dar wifi público y gratis, aunque con restricciones

Pamplona, Artazu y Juslapeña, los únicos inscritos en registro de operadores de la CMT
Crece el número de ayuntamientos en la Comunidad Foral interesados en facilitar Internet inalámbrico a sus vecinos

Pamplona. Solo tres municipios de la Comunidad Foral pueden ofrecer wifi abierto, público y gratuito. Pamplona, Artazu y Juslapeña son los únicos ayuntamientos de Navarra inscritos en el Registro de Operadores de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), condición imprescindible para que esta oferta sea legal. Las empresas instaladoras confirman, no obstante, el creciente interés de los consistorios navarros por dotar a sus vecinos de este servicio, pero la justicia ha dado esta semana un sonoro espaldarazo a las limitaciones impuestas a las administraciones que desean ofrecerlo.
La Audiencia Nacional difundió el pasado miércoles una sentencia que certifica que los organismos públicos que proporcionen wifi deben estar sometidos a las mismas condiciones que los operadores privados. La resolución ratifica la multa de 300.000 euros impuesta por la CMT al Ayuntamiento de Málaga por no comunicar al organismo regulador su intención de prestar este servicio y obliga al Consistorio a inscribirse en el registro de operadores como establece la Ley General de Telecomunicaciones para cualquier proveedor. La norma no prohíbe a las administraciones dar wifi público y gratis, pero sí les impone rigurosas restricciones para evitar la competencia desleal con los operadores.
La polémica no es nueva aunque sí reciente. Ante las intenciones de varias Administraciones y organismos públicos de brindar acceso a Internet a sus ciudadanos, la CMT aprobó en agosto de 2010 una circular en la que estableció las condiciones que estos debían cumplir para prestar este servicio. La principal consiste en una rebaja importante en su calidad. Mientras que los principales operadores (Telefónica, Orange, Ono...) ofrecen paquetes básicos con velocidades de bajada de 10 megabytes por segundo en adelante, las redes inalámbricas, gratuitas y abiertas que pongan en marcha las Administraciones no pueden superar los 256 kilobytes por segundo.
Sus repetidores y enrutadores, además, no pueden estar enfocados hacia edificios residenciales para impedir la entrada de particulares. Además, debe notificar antes su instalación al regulador para estar sometidos a su control. Los únicos casos en los que no es necesario inscribirse en el registro son cuando el Ayuntamiento utiliza el wifi para su propio uso (no está abierto a terceros) o en el caso de centros culturales o bibliotecas, como sucede en la mayoría de las de Navarra.
"El crecimiento del wifi es imparable.........................

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